INFORMACIÓN BÁSICA

INFORMACIÓN BÁSICA SOBRE EL PROCESO DE ADMISIÓN DE ALUMNOS EN CENTROS SOSTENIDOS CON FONDOS PÚBLICOS PARA EL CURSO 2024/2025

Denominación del Centro: CPR INF-PRI-SEC SAGRADO CORAZON DE JESUS

Código: 28000157

Centros que imparten Educación Infantil, Educación Primaria y Educación Secundaria Obligatoria. 

Autorizado o solicitado para el próximo curso: 

Tipo de jornada: JORNADA ESCOLAR CONTINUADA DE 9:00 A 14:20 HORAS (DE LUNES A VIERNES)

           E. S. O.: JORNADA ESCOLAR CONTINUADA DE 8:00 A 15:10 HORAS (MARTES, MIÉRCOLES Y/O JUEVES) Y DE 8:00 A 14:20 HORAS (LUNES Y VIERNES)

Circunstancias/requisitos aprobados por el centro para el criterio complementario de admisión

CIRCUNSTANCIAS / REQUISITOSDOCUMENTACIÓN ACREDITATIVA NECESARIA
1Ser familiar de alumno o antiguo alumno del Centro hasta 4º grado de consanguinidad.Fotocopia de las páginas 3 y 6 del Libro de Escolaridad.
2Domicilio familiar o laboral cercano al Centro.Padrón Municipal o Certificado de empresa
3Ser afín al ideario del Centro.Certificado de haber realizado los estudios en un centro católico o certificado de bautismo

Información sobre el centro: según establece la normativa reguladora del proceso de admisión de alumnos en centros sostenidos con fondos públicos, en la página web del centro se incluye la información relativa a:

  1. El proyecto educativo del centro.
  2. El plan de convivencia del centro.
  3. Los programas educativos, incluyendo las actividades complementarias y extraescolares, señalando las que tienen carácter habitual, los recursos y los servicios complementarios del centro que figuran en la programación general anual del curso actual, así como la información relativa a las actividades recogidas en la memoria del curso anterior.

Calendario básico de fechas a tener en cuenta para el proceso de admisión de alumnos:

3 a 16 de abrilPlazo de presentación de solicitudes para el proceso ordinario de admisión.
23 de abril  Publicación listados provisionales de alumnos que han solicitado el centro en primera opción
24, 25 y 26 de abrilPlazo de reclamación a los listados de alumnos solicitantes
7 de mayoPublicación de los listados con la puntuación provisional obtenida por los alumnos. Estos listados incluirán la resolución de las reclamaciones presentadas a los listados de alumnos solicitantes.
8, 9 y 10 de mayoPlazo para formular reclamaciones a la lista provisional de puntuaciones.
20 de mayoPublicación del listado definitivo de puntuaciones.
31 de mayo Publicación de la lista de admitidos en cada centro.
Hasta el 19 de junioAdjudicación de plaza escolar por los Servicios de apoyo a la escolarización a los alumnos no admitidos.
13 a 28 de junioPlazo de matriculación en los centros de Educación Infantil y Primaria.
13 de junio al 5 de julioPlazo de matriculación en los centros de Educación Secundaria

Sede del Servicio de apoyo a la escolarización (S.A.E): C.E.P. DON JUAN I,   C/ DAOIZ Y VELARDE, Nº 26  TFNO. 91.889.53.59; TFNO. 91.881.98.40; EMAIL: sae090.este.alcala@madrid.org

    Sede del Servicio de Inspección Educativa: DAT – ESTE,   C/ JORGE GUILLÉN, S/N

Información general sobre el proceso de admisión: www.madrid.org/educacion/admision

Fecha y sello del centro

Alcalá de Henares, a 2 de abril de 2024

Notas:

Solo se puede presentar una solicitud de admisión que será baremada por el centro solicitado en primer lugar, que baremará tanto los criterios comunes como los criterios específicos de admisión aplicables al centro. Además de ello, cada centro también baremará los criterios específicos aplicables al centro de todas aquellas solicitudes en las que el centro figure incluido y que hayan sido marcadas/alegados por las familias.

  • Para solicitar la baremación del criterio complementario de admisión aprobado por cada centro, las familias deben dirigirse al centro respectivo y aportarán la documentación que permita a los centros educativos comprobar y acreditar más fácilmente dicha circunstancia. En su caso, el centro les entregará la acreditación correspondiente, que posteriormente deberán presentar junto con la solicitud de admisión.
  • La normativa vigente, Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, establece, por defecto, que las administraciones públicas realizarán las consultas relativas a la información disponible sobre las circunstancias alegadas en la solicitud, evitando que los solicitantes tengan que aportarla o acreditarla. Los solicitantes, no obstante, pueden denegar dicha autorización y optar por aportar, en su caso, la documentación acreditativa correspondiente.
  • Las solicitudes duplicadas, las presentadas fuera de plazo o las que contengan datos falsos serán anuladas y serán resueltas posteriormente por los Servicios de apoyo a la escolarización.
  • El presente Anexo se colocará en lugar visible del centro educativo acompañado de la siguiente documentación: x Copia de la normativa básica en materia de admisión de alumnos.

x Plazas vacantes ofertadas por el centro.

x Cuadernillo informativo básico en materia de admisión de alumnos.