INFORMACIÓN BÁSICA SOBRE EL PROCESO DE ADMISIÓN DE ALUMNOS EN CENTROS SOSTENIDOS CON FONDOS PÚBLICOS PARA EL CURSO 2025/2026
Denominación del Centro: CPR INF-PRI-SEC SAGRADO CORAZON DE JESUS
Código: 28000157
Centros que imparten Educación Infantil, Educación Primaria y Educación Secundaria Obligatoria.
Autorizado o solicitado para el próximo curso:
Tipo de jornada: JORNADA ESCOLAR CONTINUADA DE 9:00 A 14:20 HORAS (DE LUNES A VIERNES)
E. S. O.: JORNADA ESCOLAR CONTINUADA DE 8:00 A 15:10 HORAS (MARTES, MIÉRCOLES Y/O JUEVES) Y DE 8:00 A 14:20 HORAS (LUNES Y VIERNES)
Circunstancias/requisitos aprobados por el centro para el criterio complementario de admisión
CIRCUNSTANCIAS / REQUISITOS | DOCUMENTACIÓN ACREDITATIVA NECESARIA | |
1 | Ser familiar de alumno o antiguo alumno del Centro hasta 4º grado de consanguinidad. | Fotocopia de las páginas 3 y 6 del Libro de Escolaridad. |
2 | Domicilio familiar o laboral cercano al Centro. | Padrón Municipal o Certificado de empresa |
3 | Ser afín al ideario del Centro. | Certificado de haber realizado los estudios en un centro católico o certificado de bautismo |
Información sobre el centro: según establece la normativa reguladora del proceso de admisión de alumnos en centros sostenidos con fondos públicos, en la página web del centro se incluye la información relativa a:
-
- El proyecto educativo del centro.
-
- El plan de convivencia del centro.
-
- Los programas educativos, incluyendo las actividades complementarias y extraescolares, señalando las que tienen carácter habitual, los recursos y los servicios complementarios del centro que figuran en la programación general anual del curso actual, así como la información relativa a las actividades recogidas en la memoria del curso anterior.
Calendario básico de fechas a tener en cuenta para el proceso de admisión de alumnos:
12 a 26 de marzo | Plazo de presentación de solicitudes para el proceso ordinario de admisión. |
4 de abril | Publicación listados provisionales de alumnos que han solicitado el centro en primera opción |
7, 8 y 9 de abril | Plazo de reclamación a los listados de alumnos solicitantes |
24 de abril | Publicación de los listados con la puntuación provisional obtenida por los alumnos. Estos listados incluirán la resolución de las reclamaciones presentadas a los listados de alumnos solicitantes. |
25, 28 y 29 de abril | Plazo para formular reclamaciones a la lista provisional de puntuaciones. |
8 de mayo | Publicación del listado definitivo de puntuaciones, una vez revisadas las posibles reclamaciones. |
28 de mayo | Publicación de la lista de admitidos en cada centro. |
Hasta el 13 de junio | Adjudicación de plaza escolar por los Servicios de apoyo a la escolarización a los alumnos no admitidos. |
12 a 26 de junio | Plazo de matriculación en los centros de Educación Infantil y Primaria. |
12 de junio al 4 de julio | Plazo de matriculación en los centros de Educación Secundaria |
Sede del Servicio de apoyo a la escolarización (S.A.E): C.E.P. DON JUAN I, C/ DAOIZ Y VELARDE, Nº 26 TFNO. 91.889.53.59; TFNO. 91.881.98.40; EMAIL: sae090.este.alcala@madrid.org
Sede del Servicio de Inspección Educativa: DAT – ESTE, C/ JORGE GUILLÉN, S/N
Información general sobre el proceso de admisión: www.madrid.org/educacion/admision
Fecha y sello del centro
Alcalá de Henares, a 7 de marzo de 2025
Notas:
– Solo se puede presentar una solicitud de admisión que será baremada por el centro solicitado en primer lugar, que baremará tanto los criterios comunes como los criterios específicos de admisión aplicables al centro. Además de ello, cada centro también baremará los criterios específicos aplicables al centro de todas aquellas solicitudes en las que el centro figure incluido y que hayan sido marcadas/alegados por las familias.
-
- Para solicitar la baremación del criterio complementario de admisión aprobado por cada centro, las familias deben dirigirse al centro respectivo y aportarán la documentación que permita a los centros educativos comprobar y acreditar más fácilmente dicha circunstancia. En su caso, el centro les entregará la acreditación correspondiente, que posteriormente deberán presentar junto con la solicitud de admisión.
-
- La normativa vigente, Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, establece, por defecto, que las administraciones públicas realizarán las consultas relativas a la información disponible sobre las circunstancias alegadas en la solicitud, evitando que los solicitantes tengan que aportarla o acreditarla. Los solicitantes, no obstante, pueden denegar dicha autorización y optar por aportar, en su caso, la documentación acreditativa correspondiente.
-
- Las solicitudes duplicadas, las presentadas fuera de plazo o las que contengan datos falsos serán anuladas y serán resueltas posteriormente por los Servicios de apoyo a la escolarización.
-
- El presente Anexo se colocará en lugar visible del centro educativo acompañado de la siguiente documentación: x Copia de la normativa básica en materia de admisión de alumnos.
x Plazas vacantes ofertadas por el centro.
x Cuadernillo informativo básico en materia de admisión de alumnos.